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Resumen

Resumen global del documento sobre la Vista Oral 2/81 del Consejo Supremo de Justicia Militar (sesión 30.04.82 y siguientes): El documento detalla la sesión judicial relativa al juicio por los hechos del 23-F, centrando la defensa en la figura del General Armada y otros acusados. La defensa, encabezada inicialmente por el letrado Hermosilla Martín, sostiene que la conducta de Armada no es reprochable, alegando ausencia de pruebas contundentes, actuación bajo órdenes oficiales del Rey y respeto a la Constitución. Se enfatiza además que Armada actuó sin liderazgo directo en la rebelión, buscando solo la liberación pacífica de los diputados, y que su fracaso se debió a la negativa de Tejero. Otros defensores, como Quintana, De Miguel, y el General Calzada, plantean argumentos similares, basados en la ausencia de pruebas, la obediencia debida, el estado de necesidad nacional y posibles irregularidades procesales. Se sugieren además teorías sobre agentes provocadores y una posible manipulación del proceso, señalando tensiones entre la monarquía y el gobierno y controversias dentro de las fuerzas militares y policiales implicadas. Testimonios clave y confidencias entre mandos militares revelan sospechas internas y discrepancias sobre el diseño incruento del golpe. El desarrollo del juicio se caracteriza por momentos de tensión y descontento entre procesados y defensores, con disputas verbales en la sala y críticas hacia la actitud de algunos defensores en público. La sesión se interrumpe en varias ocasiones ante descarríos en las intervenciones y retiradas de algunos defensores por considerar falta de garantías para sus representados. En conjunto, el documento ofrece una amplia visión de las estrategias defensivas basadas en la legalidad, la lealtad institucional y la incertidumbre probatoria, así como de un contexto procesal complejo marcado por controversias internas, sospechas políticas y una atmósfera tensa durante el juicio militar por el intento de golpe de Estado de 1981 en España.

Palabras clave

Personas

10
Sr. HERMOSILLA MARTIN:letrado defensor Sr. QUINTANA APARICIO:letrado defensor General CALZADA ATIENZA:codefensor militar Sr. DE MIGUEL:letrado defensor Consejo Supremo de Justicia Militar Sala Presidente General ARMADA COMYN General TORRES ROJAS Teniente NUÑEZ RUANO

Lugares

10
CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR Sala (del Consejo Supremo de Justicia Militar) Dirección General del Cuerpo Zarzuela EME (Estado Mayor del Ejército) División Acorazada Congreso La Zarzuela JUJEM (Junta de Jefes de Estado Mayor) The text does not mention other explicit locations.

Palabras clave

10
VISTA ORAL 2/81 CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR 30.04.82 Sr. HERMOSILLA MARTIN General ARMADA COMYN Sr. QUINTANA APARICIO General TORRES ROJAS Teniente NUÑEZ RUANO General CALZADA ATIENZA Sr. DE MIGUEL

Texto completo

NOTA INFORMATIVA

ASUNTO: VISTA ORAL 2/81 DEL CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR.

1. DESARROLLO DE LA SESIÓN CORRESPONDIENTE AL 30.04.82

A las 1004 horas se inicia la sesión, continuando el letrado Sr. HERMOSILLA MARTIN -defensor del General ARMADA COMYN- con la lectura de su escrito de defensa, que finaliza, cuando lleva consumidas siete horas de intervención eminentemente técnica.

Le sucede en el uso de la palabra, el letrado Sr. QUINTANA APARICIO, defensor del General TORRES ROJAS, y del Teniente NUÑEZ RUANO, iniciándose a las 1336 horas la intervención del General CALZADA ATIENZA, codefensor militar del General TORRES ROJAS, el cual solicita de la Sala interrumpir su alegato, cuando el Presidente le amenaza con retirarle su venia. Al comenzar por la tarde renuncia.

El Presidente seguidamente concede el uso de la palabra al Sr. DE MIGUEL, letrado defensor del Capitán de Navío MENENDEZ, Comandante PARDO y paisano Sr. CARRES que expone hasta la 1735 en que se levanta la sesión.

2. INCIDENCIAS Y ESTIMACIONES SOBRE EL DESARROLLO DE LA SESIÓN.

2.1. Sr. HERMOSILLA. Inició su intervención con un repaso de los aspectos expuestos en el día de ayer, y tras descalificar como medio de prueba, la carta del Coronel PARDO DE SANTALLANA, protocolizada ante notario y aportada por la defensa del General MILANS, resume que la conducta del General ARMADA durante los días 23 y 24 de febrero de 1981, no presenta ningún aspecto reprochable.

Así la segunda llamada que El REY realiza al General GABEIRAS -sobre las 19 horas del día 23- y pregunta por su defendido, está provocada por la llamada que el General JUSTE había realizado previamente a la Zarzuela preguntando por el General ARMADA. El REY, habla con el General ARMADA y le ordena quedar se en el EME, y si éste se ofreció a la Casa Real, lo hizo a título personal por las relaciones que siempre había tenido, sin que en ningún momento tomara la iniciativa. Para el defensor, la noticia de que el General ARMADA está comprometido en la operación militar, viene de alguien todavía no identificado, y al no haber testigos, no puede condenársele. (Pone el ejemplo del caso Dreyfus).

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Seguidamente, aporta numerosos testimonios tendentes a demostrar, que a su defendido no se le menciona inicialmente en los hechos y así repasa diversas declaraciones de testigos (participantes en la reunión de la División Acorazada, testimonio del General FERNANDEZ CAMPOS, Sres. DOPICO y BALLESTEROS, Coronel ALCALA, General PRIETO, testimonios de Valencia,... etc.), con la finalidad de que su defendido le sea de aplicación el principio "in dubio pro reo".

A continuación, y tras analizar en profundidad el delito de rebelión militar, rechaza que su defendido se halle comprendido en el mismo, aceptando a lo sumo, que aparece a título de conjetura lo que en opinión del letrado no interviene en el prueba, única condición válida a la hora de sentenciar.

Entrando de lleno en lo que denomina segunda parte —es decir, la intervención directa del General ARMADA, afirma su falta de conexión con la primera, la operación militar—, con la intención de demostrar que su defendido no tuvo la iniciativa de sus actos al acercarse al Congreso para disuadir al Tcol. TEJERO.— Su actuación fue requerida, inicialmente por el General ARAMBURU una vez fracasados en su intento de mediación; y posteriormente, por el General GABEIRAS. En cuanto al Tcol. TEJERO, es obvio que no recibe al General ARMADA como jefe, si no como un hombre idóneo por sus categorizadas relaciones.

El letrado insiste en un punto que considera fundamental: El General ARMADA, antes de su mediación en el Congreso, solicitó permiso de la Zarzuela y de la JUJEM que le fue concedido, y cumplió con exactitud los límites que se le imponen, y que son: poner un avión a disposición de los asaltantes al Congreso y — gestionar la liberación de los Diputados a título personal.

Tras unas extensas consideraciones sobre el término "a título personal" y de las relaciones de dependencia de su defendido en ese momento, el letrado finaliza afirmando que el General ARMADA se hizo cargo de una "misión oficial" en un contexto flexible, estando sus actos sujetos a la norma legal, que él, en ningún momento comprometió.

Interesa destacar en este punto, que el Sr. HERMOSILLA, a lo largo de su intervención, intercaló numerosos antecedentes históricos y casos de la jurisprudencia, en apoyo de su defensa.

Seguidamente, el defensor analiza las circunstancias de los días 23 y 24, examinando lo anómalo de ciertas decisiones a la sombra de la Constitución (Ordenes directas del REY, intervención de la JUJEM, Junta de Subsecretarios,... etc.) y como el General ARMADA consultó la Constitución y creyó actuar en el marco de la misma. Así, la llamada "fórmula Armada", no es sino un intento de convencer al Tcol. TEJERO para que libere a los Diputados, y no a la supuesta acción de formar un Gobierno que no llegó a formular; es por ello que, el General ARMADA dice al salir que "su misión ha fracasado" ya que no ha conseguido convencer al Tcol. TEJERO, cosa harto extraña si hubiera sido su jefe en la operación.

El letrado finalizó diciendo que, la "solución ARMADA" era una fórmula constitucional y además, la única que se propuso aquella noche para resolver la situación, y su defendido, no actuó peor que los demás.

Sobre estas razones, el letrado pidió por falta de pruebas, la absolución de su defendido.

## 2.2. Intervención del Sr. QUINTANA

Inició su intervención dando las gracias al Tribunal y rechazando el juicio popular que se practica por cierta prensa.

Seguidamente, rechaza las explicaciones del Fiscal y su calificación de los hechos, hechos que no trata de justificar, pero en los que sus defendidos no se encuentran incursos.

Divide en dos partes la participación del General TORRES ROJAS: Asistencia a una reunión en la c/ General Cabrera, y su permanencia en la División Acorazada durante el 23.02.82. A la primera asiste por invitación del General MILANS ignorando el motivo de la misma, y allí, entiende que ha sido elegido para cumplir una misión por encargo de los REYES, cometido que permanece en suspenso hasta nueva orden; no incluye los contactos del General con el Tcol. TEJERO en Galicia, pues se celebraron en la prisión y con testigos.

La segunda intervención de su defendido, se inicia al ser llamado telefónicamente por el Comandante PARDO sobre las 1100 horas del 23-F, e instado a presentarse en Madrid, y posteriormente en el Cuartel General de la División Acorazada.

Llegado a la DAC el General JUSTE, es invitado a participar en la reunión, y allí permanece sin coartar su autoridad, hasta que cerciorado —por la llamada a la Zarzuela del General JUSTE—, de que S.M. no le da orden alguna, vuelve a su destino y se pone a las órdenes de su Capitán General.

El defensor, trata de establecer un paralelismo entre la actuación de los Generales JUSTE y TORRES ROJAS, y no existiendo pruebas, su defendido debe quedar en libertad; alternativamente, debe valorarse con igual sentido absolutorio en razón a "obediencia debida".

En relación con el Teniente RUANO, niega igualmente la relación de los hechos y la calificación que de los mismos realiza el Fiscal.

Su defendido recibe la primera noticia cuando es obligado a subir a un autobús del Cuerpo, para cumplimentar un servicio que desconoce, a las órdenes de sus mandos naturales; en su opinión, el 95% de la fuerza que llegó al Congreso, iba engañada.

Seguidamente negó que su defendido estuviese implicado en el incidente con el General ARAMBURU -subida y posterior bajada de Guardias de los autobuses aparcados en el Congreso, y su supuestas amenazas al General- y en este sentido aporta diversos testimonios, para finalizar afirmando que las dudas -sirven para procesar, pero no producen condena.

Tras reafirmar que la actividad del Teniente RUANO se produjo a las órdenes de sus mandos naturales, recuerda que el -testigo Tcol. GOMEZ DE SALAZAR incluyó a los Tenientes en el pacto, por lo que solicita la absolución de su defendido.

## 2.3. Intervención del General de División CALZADA codefensor del - General TORRES ROJAS.

Estructura su alegato en cinco puntos:

1. Historial recordatorio del General TORRES ROJAS. Aquí pone de manifiesto la brillante hoja de Servicios del General como clave del porqué el General MILANS le convocó a la reunión del 18 de enero. En ella el General TORRES ROJAS prestó su conformidad a cualquier misión que en el futuro se le encomendara.

2. Análisis de la misión constitucional de las FAS. En esta parte en propias palabras del codefensor realiza un estudio de la misión constitucional de las FAS. con la técnica del Estado Mayor, para concluir en que su patrocinado actuó en función de "obediencia debida" a Su Majestad.

3. Rasgos de la situación nacional en el día de autos como factor desencadenante.

Al analizar la situación surge el "Estado de Necesidad". Se apoya en una amplia descripción doctrinal de la subversión revolucionaria, citando un inventario de hechos terroristas que pretenden llegar a conseguir una España marxista y sovietizada.

El Presidente solicita del General CALZADA se ciña al tema de la defensa del General TORRES ROJAS.

Sigue el codefensor con otro de los factores desencadenantes: el Separatismo. Ante esta situación el Presidente interrumpe nuevamente para advertirle que se ciña a la defensa y que la próxima vez le retira el uso de la palabra.

Esta situación provoca la petición de suspensión de la vista para reordenar la defensa, cosa que es concedida.

Por la tarde el General CALZADA renuncia a continuar, alegando indefensión para su patrocinado y haciendo

constar su protesta a efectos de casación. Se adhieren otros defensores.

Esta renuncia ha impedido que se desarrollaran los puntos 4° y 5° del alegato relativos al análisis de algunos factores desencadenantes de la situación del 23-F y de las conclusiones.

2.4. Intervención del letrado Sr. DE MIGUEL defensor del Capitán de Navío MENENDEZ VIVES, Comandante PARDO ZANCADA y paisano GARCIA CARRES.

Inicia su exposición con una serie de consideraciones generales relativas a la función del Tribunal, peculiaridades que en él concurren y condicionantes de todo tipo que rodean todo el proceso. Ello le ha permitido deslizar frases de contenido comprometido enlazadas de modo que hiciera relativamente difícil el interrumpirle.

Hace referencia a que una de las funciones del Consejo es conocer de los hechos y por tanto ¿quienes? ¿porqué? y ¿para qué? los llevaron a cabo.

Considera la posible limitación que para un Tribunal militar supone el imperativo de obediencia, en concurrencia con el de independencia, y cita la posible existencia de condicionantes extrajudiciales.

Alude en un momento determinado a lo que, denomina "foro de las hienas", calificación que adjudica no explícitamente a la prensa.

Disiente de la calificación de execrable que se ha dado a los hechos y aduce que en cualquier caso no lo han sido más que los de Pavía que dieron lugar a la restauración monárquica.

Pasa a mencionar sucintamente una serie de circunstancias que se dieron desde el comienzo del procedimiento como el nombramiento de un Juez Especial, hecho que califica de inconstitucional y se refiere a alguna remoción producida que define como "más discrecional que discreta".

Expone el clima socio-político existente en España en el período anterior al 23-F, incluyendo frases como: "la necedad dió alas al separatismo"..., y..."a propósito de la verosimilitud del impulso regio"...

Cita las motivaciones que hubieran podido decidir la acción. Creían obedecer al REY. No descarta la posibilidad de que se haya tratado del resultado de una "maquinación de agentes provocadores" y hace unas especulaciones sobre la intencionalidad de la provocación. Habla de que el 23-F había tres personajes en busca de autor, la III Región Militar, la DAC y la Guardia Civil.

Reconoce que evidentemente alguien no dice la verdad y recuerda que LAINA pensaba en la detención de ARMADA y que GABEIRAS desconfiaba de su 2° JEME.

Resalta que el proyecto de acción del 23-F se había concebido como incruento y aprovecha para citar el hecho de que había gran distancia entre el Congreso y Paracuellos.

Menciona por orden las confidencias de ARMADA a MILANS en Valencia, la presencia de CORTINA en la c/ Pintor Juan Gris y el hecho de que GOMEZ IGLESIAS avala a TEJERO ante el Coronel MANCHADO, enfatizando sobre su pertenencia al CESID.

Le hace una consideración al Tribunal en relación con el valor de ciertos testimonios, en clara referencia a un alegato anterior del Sr. HERMOSILLA, aduciendo que en ciertas circunstancias los testimonios... "no se cuentan ni se miden, ¡se pesan!..."

Al citar al Gobierno de U.C.D. del 23-F, califica a este partido como... "instalado en el Poder con vocación de perpetuidad"...

Nuevamente alude a la posibilidad de delito provocado.

Tratando de justificar el que ciertos mandos que participaron en los hechos no lo pusieran previamente en conocimiento de sus mandos naturales, caso del Teniente General QUINTANA LACACCI, razona que, de admitirse la hipótesis de que había un antagonismo Rey-Gobierno, era lógico no contar con algunos militares "gubernamentalistas".

Otra posibilidad que considera es que el fracaso del intento se debiera a... "alguna desviación de última hora".

Su intervención continuará el próximo lunes.

## 3. OTROS HECHOS Y COMENTARIOS

A la sesión de hoy han faltado 9 procesados.

La asistencia de familiares se ha reducido en un 40% sobre la media habitual.

Comenzó la sesión con la presencia de 12 periodistas. Tras el descanso de media mañana había 16. Durante el alegato del General CALZADA, codefensor del General TORRES ROJAS, se fueron retirando de la Sala los profesionales de la información hasta quedar presentes cuatro.

Al iniciarse la sesión de la tarde estaban presentes 4 periodistas, posteriormente el número se incrementó a 21.

El sillón del General MILANS estaba separado del General AR MADA el doble de lo normal.

Al salir los procesados de la Sala en el descanso de media mañana el Capitán de Navío MENENDEZ dirigiéndose al público - dijo: "me fumo el puro este a título personal".

El Tcol. MAS en voz alta y dirigiéndose a su mujer manifestó: "me estoy aburriendo".

NOTA: Todavía estaba en el uso de la palabra el letrado Sr. HERMOSILLA.

A las 1227 el letrado Sr. SEGURA sale de la Sala haciendo - gestos a los procesados de contenida indignación y disconformidad con el alegato que en esos momentos leía el defensor Sr. HERMOSILLA.

Al terminar la sesión de la mañana, se produjo un incidente verbal en el patio entre el letrado Sr. SEGURA FERS y el diputado de U.C.D. Sr. SATRUSTEGUI que asiste a la vista en calidad de observador.

El General TOQUERO se ha reunido con treinta periodistas en una comidad de trabajo. Al final de la misma agradeció la colaboración de la prensa y pidió ayuda para llegar hasta el final del Consejo sin graves incidentes.

El ambiente durante la comida ha sido distendido y en general todos los periodistas elogian la personalidad y buena voluntad del General.

Durante la comida, en una parte de la gran mesa se condenó la actitud de varios letrados defensores que no tuvieron la -- discreción de ocultar datos que perjudicaban las actividades profesionales del CESID. Entre estos periodistas estaban Jordi García-Candau (RNE), Gutiérrez (SER), García Brera (Alcázar), Palacios (Radio Intercontinental).

Datos estadísticos:

El Ministerio Fiscal ha empleado 4 horas 56 minutos.

El General CABRERA CALAHORRA, 52 minutos.

El Coronel ESCANDELL, 3 horas 59 minutos.

El General DE SANTIAGO, 30 minutos.

El Sr. HERMOSILLA, 7 horas 2 minutos.

El Sr. QUINTANA, 36 minutos.

El General CALZADA, 35 minutos.

Original digitalizado / audio / video